Recientemente desde el Senado de la República se sometió un proyecto de resolución en la que se le solicita a la Junta Monetaria eliminar el centavo dominicano; ante ello la comisión de hacienda del referido organismo invito a las autoridades del Banco Central para escuchar su opinión en torno a la propuesta legislativa.
Sobre el tema aún no se ha generado un debate en el país como ha ocurrido en otros; sin embargo, eso no quiere decir que el mismo no tenga su importancia, la tiene, por un conjunto de aspectos que están involucrados y que no necesariamente son del conocimiento general.
Eliminición del Centavo Dominicano
La eliminación del centavo debe considerar aspectos relacionados directamente con la Ley Monetaria y Financiera 183-07, particularmente en sus artículos 24 y 27. El primero de ellos trata sobre la moneda nacional, representada en billetes y monedas, ambas con diferentes denominaciones, encontrándose el centavo dominicano entre ellas, por lo que su eliminación no debe ser abordada como una simple resolución; sino en el marco del proyecto de reforma de la referida ley que actualmente cursa en el Congreso.
En cuanto al artículo 27, si observamos que el sistema de pago lo integran entre otros componentes, los instrumentos de pago y considerando que el centavo dominicano es un medio físico en efectivo, el mismo no podría considerarse un instrumento de pago, puesto que estos sustituyen el efectivo en la transacciones y transferencias de fondos.
Respecto a la funcionalidad del centavo dominicano tanto por el lado del vendedor como del comprador, lo cierto es que en dominicana se aprecia en el comercio un desinterés total por el mismo, tanto así que pocos son los negocios y ciudadanos que lo poseen; de todas maneras en otros países se han aplicado encuestas para cuantificar su aceptación o rechazo por parte de los ciudadanos, antes de tomar la decisión respecto a mantenerlo en circulación.
Públicamente no se dispone de información respecto al costo de producción y distribución del centavo, pero muy probablemente el mismo debe ser superior a su valor facial, por lo que su eliminación podría representar un ahorro en divisas para el país. En la actualidad un centavo dominicano equivale a 0.024 centavo norteamericano, eso querría decir que con el primero no habría forma de comprar al segundo, de ahí su no aceptación.
La no aceptación del centavo dominicano por parte del comprador implica de alguna forma un impuesto invisible del que solo se beneficia el vendedor, en el supuesto que el ciudadano no lo retire o reclame, o bien si el precio ya está redondeado por el ofertante; incluso también tiene un efecto colateral, el fisco no se beneficia de esa figura impositiva oculta, al no percibir ningún ingreso por ese concepto.
En cuanto al posible efecto inflacionario en la República Dominicana de la eliminación del centavo dominicano y el consecuente redondeo de los precios, el cual posiblemente muchos comercios ya lo han hecho, es poco probable que lo tenga, debido a su ínfimo valor; de todas maneras las autoridades monetarias podrían hacer algún ejercicio de simulación del impacto probable que tendría sobre el comportamiento general de los precios.
En lo relativo a la economía o ahorro del tiempo, lo previsible es que los cajeros en los distintos centros comerciales tengan que dedicarle menor tiempo para atender al cliente, traduciéndose en una mayor eficiencia en el servicio.
Desde el lado del sentimiento por la moneda nacional por parte de nosotros los dominicanos, el mismo no seria afectado, pues no se trata de la sustitución de nuestra moneda, sino de una parte, la fraccionaria, y precisamente la más pequeña de ella, el centavo o chele.
La República Dominicana no seria el primer país en eliminar el centavo, ya Brasil, Canadá, Israel, Finlandia y Holanda lo han hecho, bajo un proceso de retirada gradual, sin que ninguno de esos países reportaran dificultades en sus comercio interno y externo al momento de tomar la medida.